Cuándo emitir factura: Plazos legales que no debes ignorar

Una duda recurrente en el autónomo es el timing. ¿Debo emitir la factura antes de cobrar? ¿A final de mes? ¿En el momento de entregar el trabajo? La Ley del IVA establece plazos muy claros, y no cumplirlos puede acarrear sanciones o problemas de liquidez (tener que adelantar el IVA de una factura no cobrada).

Diferencia entre Cliente Particular y Empresa

El plazo depende de quién sea tu cliente:

  • Cliente Particular (B2C): Debes emitir la factura en el mismo momento de realizar la operación (entrega del bien o prestación del servicio).
  • Cliente Empresa/Autónomo (B2B): Tienes un poco más de margen. Debes emitirla antes del día 16 del mes siguiente a aquel en que se haya realizado la operación.

La Fecha de Devengo vs Fecha de Expedición

Ojo a este matiz técnico que Wifactu gestiona por ti. Una cosa es cuándo imprimes el papel (Fecha de Expedición) y otra cuándo hiciste el trabajo (Fecha de Operación o Devengo).

Si terminaste una obra el 28 de octubre, pero haces la factura el 2 de noviembre, en la factura deben constar ambas fechas. ¿Por qué? Porque el IVA se devenga (nace la obligación de pagar) el 28 de octubre, y debe entrar en la liquidación de ese trimestre.

Agilidad para cobrar antes

Más allá de la obligación legal, hay una razón práctica: cuanto antes factures, antes cobras. Muchos autónomos retrasan la facturación «al fin de semana» por pereza administrativa. Eso retrasa tu cobro una semana.

Con la App móvil de Wifactu, puedes facturar en el acto, nada más terminar el servicio. Cumples la ley, das imagen de eficiencia y aceleras tu flujo de caja. Todo ventajas.

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