Facturar sin ser autónomo: ¿Es posible en 2025?
Es la «leyenda urbana» más famosa del emprendimiento en España: «Si no llegas al Salario Mínimo (SMI), no hace falta hacerse autónomo». Muchos empiezan pequeños negocios digitales o trabajos esporádicos aferrándose a esta idea. Pero cuidado, la realidad es más compleja y Hacienda no perdona.
Lo que dice la Ley vs La Jurisprudencia
Hay que distinguir dos obligaciones:
- Seguridad Social (Cuota de autónomos): Aquí es donde aplica la famosa jurisprudencia del Tribunal Supremo. Si la actividad NO es habitual y los ingresos son inferiores al SMI anual, podría no ser obligatorio darse de alta en el RETA. Pero ojo, «habitualidad» es un concepto subjetivo. Tener una tienda online abierta 24/7 puede considerarse habitual aunque vendas poco.
- Hacienda (Impuestos): Aquí no hay excusa. SIEMPRE es obligatorio darse de alta en el Censo de Empresarios (Modelo 036/037) si realizas una actividad económica, aunque factures 1 euro.
Conclusión: Puedes librarte de la cuota (con riesgo), pero NO de declarar el IVA y el IRPF de esas facturas.
Si facturas, hazlo bien
El problema de facturar esporádicamente es que necesitas emitir facturas legales y presentar los modelos trimestrales (303 de IVA, 130 de IRPF). Hacer esto a mano por unas pocas facturas es un dolor, y pagar una gestoría te come el margen.
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No te la juegues con «facturas en negro». Legaliza tus ingresos pequeños de forma sencilla.
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